Juntocon saludarle, y atendiendo a su consulta le indicamos que la operación que desea realizar es perfectamente posible, en la medida que usted sea mayor de edad.En caso que sus padres quisieran vender la propiedad y reservarse para ellos el derecho de usufructo, debe realizar una escritura de compraventa de nuda propiedad con reserva de
21enero 1991. Constitución, por vía de reserva, con carácter conjunto y sucesivo .-. El problema que se plantea en este recurso es el de si puede extinguirse un usufructo por fallecimiento del donante de la nuda propiedad, que, al tiempo de la donación, se reservó el usufructo para sí y para su esposa. Ver, más atrás, el apartado
Eneste punto debemos aclarar que no compartimos el criterio manifestado por la DGT en su consulta de 10 de abril de 2012, en la que para determinar el valor de la nuda propiedad donada aplica la regla contenida en el artículo 26.d LISD (en virtud de la cual, el usufructo con reserva de la facultad de disponer se considera como adquisición Eeqi.